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Capitulaciones matrimoniales
Capitulaciones Matrimoniales
Las capitulaciones matrimoniales es el documento otorgado en escritura pública, antes del matrimonio o una vez celebrado, mediante el cual los otorgantes podrán estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo.
Pueden establecerse a través de capitulaciones matrimoniales incluso estipulaciones que tienen verdadero carácter de pacto sucesorio como la donación de bienes futuros para caso de muerte, las promesas de mejorar o no mejorar, la concesión al viudo o a la viuda de distribuir a su prudente arbitrio los bienes del difunto. Podrán incluso establecerse otras estipulaciones que, aunque extrañas al régimen matrimonial, tengan relación con el matrimonio como sucede con el reconocimiento de hijos extramatrimoniales.
Las capitulaciones matrimoniales podrán otorgarse antes o después de celebrado el matrimonio, pero, si se otorgaran antes, su contenido quedará sin efecto en el caso de no contraerse matrimonio en el plazo de un año.
Para su validez, las capitulaciones matrimoniales habrán de constar en escritura pública e inscribirse, para que afecte a terceros, en el Registro Civil con la inscripción del matrimonio.