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Divorcio Contencioso

Divorcio Contencioso

Si no existe acuerdo entre los cónyuges en cuanto a la adopción de medidas que han de regir a partir de la disolución del matrimonio, el divorcio debe tramitarse a través del procedimiento de divorcio contencioso. Su tramitación (igual para separación contenciosa) es la siguiente:

 

  • Este procedimiento se inicia a instancias de uno de los cónyuges mediante demanda judicial en la que, además de solicitar la disolución del matrimonio, el cónyuge solicita también las medidas que, a su parecer, entiende que han de regir la nueva situación derivada del divorcio (guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, pensión compensatoria, uso de la vivienda familiar, etc.).

  • Esta demanda de divorcio deberá ser contestada por el cónyuge demandado y, una vez contestada, se procederá a la celebración de un juicio ante el Juzgado de Familia.

  • Para el tiempo que transcurra hasta la finalización del procedimiento, pueden solicitarse medidas previas, medidas coetáneas o medidas cautelares, dependiendo de la urgencia y circunstancias del caso concreto.

  • En este procedimiento, cada uno de los cónyuges debe ir representado por un Procurador cada uno y asistidos por un Letrado cada uno.

  • Una vez celebrado el juicio, el Juzgado dictará sentencia de divorcio y se inscribirá en el Registro Civil.

Documentación necesaria para separación o divorcio contencioso

La documentación necesaria para iniciar los trámites de su separación o divorcio ante el juzgado, es la siguiente:

  • Certificado Literal de matrimonio

  • Certificado Literal de nacimiento de los hijos

  • Certificado de empadronamiento (para acreditar la competencia judicial)

  • Toda la información económica que sea relevante para los intereses de las partes (si no es de mutuo acuerdo): declaraciones de IRPF, nóminas, etc.

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